Los influencers de la Justicia
“Quien no está preso de la necesidad está preso del miedo: unos no duermen por la ansiedad de tener las…
“Quien no está preso de la necesidad está preso del miedo: unos no duermen por la ansiedad de tener las cosas que no tienen, y otros no duermen por el pánico de perder las cosas que tienen” Eduardo Galeano.
Muchas veces uno escucha opiniones lo que es las redes y buscando orientación del tema encuentro algo de Amalia López Acera, «¿Es el fin de las redes sociales?«. Una mujer experta en el conocimiento del caso y haciendo referencia del tema que las redes sociales son una aplicación de la web que permite a sus usuarios conectarse con otros usuarios, creando relaciones o comunidades. Su finalidad es servir como una herramienta online de comunicación entre personas de todo el mundo que comparten información en forma de imagen, vídeo, enlace, texto o audio. Sus polvorines de la información como los llamados influencers han dado la información precisa y veraz. Llevándolo al tema judicial venezolano con esos influencers que dicen una verdad que solo se escuchan en los pasillos de los tribunales del país y lo he visto en varios reportajes de nuestro periodista José Rafael Ramírez
Es algo que me impresiona de estos casos en el interior del país, ocurren cosas que nadie se entera porque no sale en los medios nacionales y en el caso que nos reporta Ramírez en la tierra de los llanos guariqueños: «José Daniel Peña, un narco favorecido por una justicia corrupta que se imparte en Calabozo, estado Guárico«. Cayó traficando con cocaína, la juez, con la venia del Ministerio Público lo puso de inmediato en la calle con una medida sustitutiva de libertad y, tres años después lo condenó a solo cuatro años de prisión, pero lo dejó disfrutando de la libertad ¡Un verdadero descaro! Según el acta policial, a José Daniel Peña, alias Joan, lo atrapó la Policía Municipal de Calabozo, estado Guárico, a las 4:30 de la tarde del día domingo 04 de agosto del año 2013, traficando cocaína en una moto utilizada como taxi. De inmediato fue puesto a la orden del Ministerio Publico, donde asignaron el caso a la abogada Mariana Franco en representación de la Fiscalía 16°. Todo hasta allí, en el cuerpo policial que hizo el procedimiento, transcurrió normalmente. El enredo, la alcahuetería, la complicidad y la impunidad del aparato judicial vinieron después y a eso vamos a referirnos en este trabajo de investigación periodística.
Resulta que al recibir las actuaciones, la fiscal Mariana Franco presentó por ante el Tribunal de Control de Calabozo al narcotraficante José Daniel Peña, donde sorprendentemente, en vez de mantenerlo detenido, le fue otorgada una medida sustitutiva de libertad, a pesar de que había sido aprehendido con un considerable volumen de cocaína en envoltorios, más otro lote de marihuana en un koala, adherido a su cuerpo, según la policía, droga que estaba comercializando en Francisco de Miranda. Cinco (05) meses después, es decir, el lunes 13 de enero de 2014, se realizó la Audiencia Preliminar en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Calabozo (ASUNTO PRINCIPAL JP11-P-2013-001964), “… presidida por la Jueza Abog. YELITZA FLORES ALFONZO, quién se aboca formalmente al conocimiento de la presente causa, acompañada por la Secretaria de Sala ABG. JATZIYANIS HERRERA y el Alguacil ALÍ MORENO…” Hay que destacar que en ese acto la representación Fiscal presentó una acusación timorata, nada contundente, evidenciando una complicidad supina con el narcotraficante, quién en ese acto estuvo representado por un abogado de nombre Julio César, quién comúnmente aparece defendiendo causas perjudiciales para la sociedad, es decir, malas causas. En esa Audiencia de Presentación, presidida por la “Honorable Jueza YELITZA FLORES ALFONZO”, el narcotraficante JOSÉ DANIEL PEÑA, nacido el 18 de julio de 1990, natural de San Fernando de Apure, hijo de la “profesora” ANA MERALY PEÑA ARAUJO y Juan Palacio, residenciado en el barrio Pinto Salina, calle principal, Casa S/N, donde funciona el auto lavado “La Espuma”, en la ciudad de Calabozo, estado Guárico, titular de la Cédula de Identidad N° 21.278.062; ADMITIÓ EN SU TOTALIDAD LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 16°, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICA EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN. Igualmente el acusado admitió los medios de prueba presentados por el Ministerio Publico. Una vez admitidas la acusación y los medios de prueba, el Tribunal otorga nuevamente el derecho de palabra al acusado de autos, quien impuesto del precepto constitucional así como de las medidas alternativas a la prosecución del proceso y el procedimiento especial por admisión de los hechos, precediendo interrogar al acusado JOSÉ DANIEL PEÑA, si hará uso de ese derecho, a lo que respondió de manera siguiente: “Admito todos los hechos de que se me acusa y solicito se me imponga la pena inmediata, es todo”.Acto seguido, la juez FLORES ALFONZO procedió a condenar al acusado JOSÉ DANIEL PEÑA a cumplir la pena de CUATRO (04) CUATRO AÑOS de prisión por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149, en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO… Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en presentaciones periódicas por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta sede judicial cada Treinta (30) días. Firme como sea la presente sentencia remítase las actuaciones con el respectivo auto de firmeza al Tribunal de Ejecución correspondiente a su oportunidad legal… Firman la JUEZ YELITZA FLORES ALFONZO, la FISCAL MARIANA FRANCO. Vale acotar que el abogado Julio Cesar en esa Audiencia Preliminar le fue cedida la palabra y dijo, según aparece asentado en el folio 62: “Mi representado me ha manifestado su deseo de acogerse a uno de los alternativos a la prosecución del proceso como lo es la admisión de los hechos, por lo que solicitó al tribunal que lo imponga del mismo y que lo imponga de la pena a cumplir, comprometiéndose mi defendido a tener una conducta de ciudadano ejemplar, es todo”
Si bien en un principio esas tendencias e influencias eran reales y había mucho trabajo de detrás, poco a poco la utilización de técnicas dudosas y engañosas como la compra de seguidores, granjas de bots y otras utilizadas por personas que querían “subirse” al carro de los influencers aprovechándose de ello, han provocado el descrédito de este colectivo.
Salió otra noticia que nadie sabía por el mismo periodista Ramírez al estilo influencers allá en el palacio de justicia de Maracay también conocido como: La Guillotina Judicial y titulada así: Justicia penal aragüeña continúa al servicio del narcotráfico. La juez Anabel María Suarez Osal, del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, en audiencia especial de presentación celebrada entre las 11:00 de la noche y la 1:50 de la madrugada y, contra la opinión del Ministerio Publico, decidió concederle LIBERTAD PLENA a cuatro narcotraficantes nos narra Ramírez: Un nuevo escándalo estalla en el Circuito Penal de Aragua, luego de conocerse que la juez Anabel María Suarez Osal (47), C.I N° 12.140.183, del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, decidió en la audiencia especial de presentación concederles LIBERTAD PLENA a cuatro sujetos a quién la Fiscalía Décimo Noveno (19°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a cargo de la abogada Mónica Desireé Ramos Ontiveros, imputó los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga; así como asociación para delinquir, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada Financiamiento y Terrorismo.
Me asombro de lo anterior comentado con los influencers de la información sacando una de esas guías políticas que debe usar todo buen gobernante, pero que pareciera ser usada más por los malos dignatarios, tal como el libro “El Príncipe” de Nicolás Maquiavelo, que todos deberíamos conocer, en especial los que se precien de ser políticos, pues hace referencia a que la imagen de “El Príncipe” dependerá en un 100% de la imagen de sus ministros, en particular de los hacedores de justicia.
Traigo esto a colación porque veo con profunda preocupación como este régimen que se atribuye cambios profundos, día a día es penetrado, invadido y/o saqueado por personajes que distan muchísimo de ser verdaderos revolucionarios, hombres probos, de buena fe, llenos de ímpetu por hacer las cosas bien ¡qué va!, ¡nada de eso hay en la viña de Maikel! Para los ministros, así como todos los funcionarios públicos, la máxima para dejar “i que” bien parado a su jefe, es hacer lo malo, pero bien, a la perfección, y los premian por ello.
Conclusión, muchos influencers dice lo que pasa en varios estados del país y según algunos abogados que ejercen en los tribunales, se ejerce con dinero, no se ejerce con derecho, lo que impera es el vamos a transar. En un homicidio, en lugar de pelear en sala una tentativa, que es frustrado, un delito inacabado, una participación accesoria, eso no cuenta, de hecho existe un baremo para que todos sepan a qué atenerse. Según mis apreciados colegas, algunos tribunales penales en la estructura Control, Juicio y Ejecución es igualito, una redención, un examen, un traslado, una boleta, vale tanto…
Los influencers de la Justicia dicen muchas verdades por las redes sociales y algunos les duelen. Por eso llamo a la reflexión a todos los jueces y aquellos que tienen la voz de mando para poner orden en tribunales del país háganlo que la gente espera Justicia….
Comments